LOS DERECHOS SOCIALES FUNDAMENTALES EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL


Esta obra recoge las principales líneas jurisprudenciales en sede constitucional sobre Derechos Sociales Fundamentales. En tal sentido, se recogen las reglas que deben seguir los demandantes a fin de que puedan obtener la tutela de sus derechos en materia de educación, salud, vivienda, alimentación, entre otros. La estructura de la presente obra se divide en una sección de estudios jurídicos dedicados al análisis sobre los principales tópicos de la materia por especialistas, y en una segunda sección que contendrá los principales fundamentos jurídicos de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional de manera clasificada y sumillada.
La incorporación de los derechos sociales en las Cartas Fundamentales de inicios del siglo XX ha traído consigo múltiples reflexiones en torno a la naturaleza y la fundamentación de estos derechos, así como respecto a la posibilidad de intervención judicial para garantizarlos. Los derechos sociales han experimentado un largo proceso hasta el día de hoy, donde altas cortes resuelven firmemente sobre derechos como el trabajo y la pensión, pero se encuentran en una etapa temprana de reconocimiento de otros derechos, como el acceso al agua potable, la vivienda adecuada o la alimentación de subsistencia. El Tribunal Constitucional peruano ha emitido decisiones relevantes que reconocen derechos sociales, delimitan su ámbito de protección y determinan en muchos casos los efectos de sus decisiones más allá de las partes, acudiendo al estado de cosas inconstitucional e, incluso, advirtiendo los déficits en políticas públicas. En tal sentido, la presente obra brinda una visión panorámica sobre la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional en materia de derechos sociales, con el objetivo de brindar las herramientas necesarias al abogado para conocer cuáles serían las obligaciones mínimas que deben cumplir las autoridades en materia educativa, sanitaria, pensionaria, laboral, entre otras y, de esta manera, acudir a la jurisdicción constitucional frente a actos lesivos.