LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA - Una Introducción.
La imputación objetiva es, sin
duda alguna, el tema que suscita mayor interés en el ámbito del Derecho Penal
en la actualidad. Cuando pensábamos que podíamos descansar, siguiendo un
sistema moderno (finalista), encuadrando el dolo en el tipo, distinguiendo el
error de tipo del error de prohibición, etc., se publicaron, en un corto
espacio de tiempo, una serie de trabajos que acabaron con nuestras certezas.
Estos trabajos tenían por objeto, de un modo exclusivo o no, una nueva teoría llamada
imputación objetiva que se presentaría con la pretensión de reformular por
completo el tipo con base en la idea central de riesgo. La teoría parecía
resumirse en dos puntos de vista: la creación de un riesgo prohibido y la
realización de este riesgo en el resultado: la imputación al tipo objetivo
presupone la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado y la realización
de este riesgo en el resultado. La lectura de estos trabajos permite llegar a
la siguiente conclusión: el tipo objetivo ya no se agota más en los elementos
acción, resultado y nexo de causalidad; para que este se realice también será
necesario que se añadan los requisitos de creación de un riesgo jurídicamente
desaprobado y de la realización de este riesgo en el resultado.
Sin embargo, esta conclusión no
satisface, pues a pesar de la calidad de las publicaciones, el ambiente entre
los estudiantes, profesores y aplicadores del Derecho todavía es de total
desorientación. Asimismo, a los ojos del púbico, varias cuestiones permanecen
mal resueltas.